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El Tesoro de EU sancionó al exesposo de la gobernadora de Baja California por protección política al Cártel de Sinaloa

El 29 de septiembre, la OFAC del Tesoro de Estados Unidos sancionó a 21 personas y 25 empresas ligadas a "Los Mayos", la facción del Cártel de Sinaloa encabezada por Ismael Zambada Sicairos. Entre los sancionados está Carlos Alberto Torres Torres, exesposo de la gobernadora de Baja California, Marina del Pilar Ávila, señalado como operador político que dio protección al grupo. Una semana después, el embajador de Estados Unidos en México calificó la acción como un "duro golpe financiero" a esa red.

El 29 de septiembre, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos sancionó a 21 personas y 25 empresas ligadas a "Los Mayos", la facción del Cártel de Sinaloa que encabeza Ismael Zambada Sicairos, hijo de Ismael "El Mayo" Zambada. La lista, publicada bajo la Ley Kingpin, incluyó a Carlos Alberto Torres Torres, exesposo de la gobernadora de Baja California, Marina del Pilar Ávila Olmeda. El Tesoro lo describe no como un operador criminal directo, sino como un operador político que usó su influencia para dar protección al grupo en el estado, con una alianza señalada hacia un operador financiero identificado como "El Ruso". Una semana después, el 7 de octubre, el embajador de Estados Unidos en México, Ronald Johnson, calificó públicamente la acción como un "duro golpe financiero a la red criminal y política" del Cártel de Sinaloa —una frase que, viniendo de la embajada, conecta explícitamente lo criminal con lo político en un mismo señalamiento.

Quiénes más aparecen en la misma lista

Torres Torres no es el único nombre con peso institucional en el paquete de sanciones. También fue sancionado su hermano, Luis Alfonso Torres. Pedro Ariel Mendívil García, exdirector de Seguridad Pública de Mexicali —la capital del estado—, fue señalado por recibir sobornos para permitir operaciones del cártel a través de la policía municipal. Rafael Buenrostro, exasesor legislativo del gobierno de Baja California y exfuncionario aduanal, completa el grupo de exfuncionarios estatales en la lista. Es esa combinación —un exesposo de la gobernadora, un exdirector de seguridad de la ciudad más grande del estado, y un exasesor legislativo del propio gobierno estatal, los tres en una sola lista de sanciones del mismo día— lo que distingue a este caso de una sanción ordinaria contra operadores de cártel: no describe una red exclusivamente criminal, describe una red que, según el señalamiento del Tesoro, operó dentro y alrededor de instituciones estatales de Baja California.

La respuesta del gobierno estatal y la federal

Marina del Pilar respondió rápido y con una distinción cuidadosa: "no vamos a ser voceros" de Torres Torres, declaró, deslindándose públicamente de su exesposo —de quien está formalmente divorciada— y ordenando una revisión para cancelar cualquier contrato estatal vigente con las empresas señaladas en la lista de la OFAC. Descartó renunciar: "voy a resistir los próximos 11 meses", dijo, refiriéndose al tiempo que le resta de gestión. Torres Torres, por su parte, negó cualquier vínculo con la delincuencia organizada y anunció que iniciaría gestiones directas ante la OFAC para impugnar su inclusión en la lista —un proceso administrativo que existe, pero que históricamente ha tenido pocos casos de éxito contra sanciones ya publicadas. A nivel federal, la presidenta Claudia Sheinbaum calificó la sanción como una "medida administrativa" que no acredita responsabilidad penal, una distinción jurídicamente correcta: una sanción de la OFAC es una herramienta de política exterior y control financiero, no un proceso judicial con los estándares probatorios de una corte. La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) mexicana, en paralelo, añadió a los 46 sujetos señalados por Estados Unidos a su propia Lista de Personas Bloqueadas —una medida preventiva que congela el acceso de esas personas y empresas al sistema financiero mexicano, también sin acreditar culpabilidad penal.

Por qué la distinción "sanción administrativa, no condena penal" es cierta pero incompleta

Vale la pena tomar en serio el argumento de Sheinbaum, porque es jurídicamente preciso: ni Torres Torres ni Marina del Pilar enfrentan, hasta ahora, un proceso penal formal en México ni en Estados Unidos derivado de esta sanción, y el estándar de evidencia que usa el Tesoro para una designación Kingpin —inteligencia de inteligencia financiera y señalamientos de agencias de seguridad— es categóricamente distinto al que exige un tribunal para condenar a alguien. Pero esa precisión jurídica no agota la pregunta política que el caso plantea. Una sanción de la OFAC no es una acusación cualquiera: es una herramienta que Estados Unidos ha usado, a lo largo de más de dos décadas, contra más de 800 personas y empresas mexicanas, en su inmensa mayoría narcotraficantes operativos, no funcionarios públicos ni exfuncionarios con vínculos familiares a gobernadores en funciones. Que esta designación específica incluya a tres personas con vínculos institucionales directos al gobierno de Baja California —no solo al crimen organizado en abstracto— es, por sí mismo, un dato que excede la pregunta de si hay o no proceso penal: es una señal sobre qué tan permeada estaba, según el gobierno de Estados Unidos, la estructura de seguridad pública estatal.

El precedente que ayuda a calibrar qué tan inusual es este caso

El antecedente más directo de un funcionario mexicano de ese nivel sancionado por la OFAC es Roberto Sandoval Castañeda, exgobernador de Nayarit, sancionado en mayo de 2019 —dos años después de dejar el cargo— junto a un magistrado estatal, por sobornos presuntos del Cártel Jalisco Nueva Generación a cambio de sentencias indulgentes y malversación de fondos públicos. Ese caso tardó años en destaparse completamente y llegó cuando Sandoval ya no gobernaba. El caso de Baja California es distinto en un punto crítico: Marina del Pilar sigue en funciones, y el señalamiento llegó mientras gobierna, no después. Eso cambia por completo las opciones institucionales disponibles —no se trata de una investigación retrospectiva sobre un exfuncionario, sino de una pregunta activa sobre qué tan independiente puede operar, hoy, un gobierno estatal cuya red inmediata de vínculos personales y de exfuncionarios quedó señalada por una agencia extranjera.

La petición del PAN y los límites de lo que puede exigir la oposición

El Partido Acción Nacional en Baja California pidió formalmente que Marina del Pilar se separe del cargo mientras se esclarece el caso. Es una petición políticamente predecible —viene de la oposición al partido de la gobernadora—, pero vale la pena separar el origen partidista del argumento de su validez institucional: ningún marco legal mexicano obliga a una gobernadora a separarse del cargo por una sanción extranjera contra un tercero, incluso un exesposo, sin que exista un señalamiento directo contra ella misma. La petición del PAN es, en ese sentido, una exigencia política, no un mecanismo legal con dientes propios —lo que no significa que carezca de fundamento como presión pública, pero sí que su éxito depende enteramente de la voluntad política de Marina del Pilar y de Morena a nivel nacional, no de una obligación jurídica automática.

Lo que este caso cambia sobre cómo se usa la herramienta de sanciones

Más allá del destino político específico de Marina del Pilar, el caso de Baja California marca un cambio de patrón en cómo Estados Unidos está usando su herramienta de sanciones contra el crimen organizado mexicano: de apuntar casi exclusivamente a operadores criminales directos, hacia nombrar explícitamente la infraestructura política y de seguridad pública que, según su propia inteligencia, permite que esos operadores funcionen con protección institucional. Esa es la lectura que ofreció el propio embajador Johnson al hablar de un golpe a la red "criminal y política", no solo criminal. Si ese patrón se repite —y el hecho de que ya existan dos casos de funcionarios estatales mexicanos sancionados en menos de una década sugiere que podría no ser un hecho aislado—, la pregunta relevante para cualquier gobierno estatal mexicano deja de ser únicamente si sus funcionarios cometen delitos directamente, y empieza a incluir si las personas en su círculo inmediato, familiar o de exfuncionarios, son suficientemente examinadas antes de que una agencia extranjera tenga que hacerlo por ellos.

Fuentes

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